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Cómo moverse por Madrid en bici, patinete y moto con seguridad

La movilidad por Madrid se ha transformado notablemente en los últimos años, especialmente en el centro de la capital. Las limitaciones a los coches que no cumplen unos requisitos y las mejoras en las vías para los vehículos alternativos han significado un cambio de paradigma en el transporte urbano.

Los madrileños han asimilado esta situación, por eso ahora buscan con más frecuencia seguros de movilidad personal para conducir bicicletas eléctricas y otros medios de transporte similares. Así tienen la seguridad de que estarán cubiertos ante accidentes dentro de este nuevo concepto de movilidad. 

Movilidad personal segura por Madrid

Moverse en Madrid con bici, patinete o moto es la tendencia y ello supone una adaptación a las normas de circulación, que en determinados casos se ajustan a las condiciones y posibilidades de cada uno de estos vehículos. Los conductores tienen que conocer las normas de tráfico, que incluyen diferentes aspectos sobre la relación con los coches o los peatones, y que abarca tanto la conducción como las condiciones en el aparcamiento. 

Velocidad

La reducción de velocidad es uno de los aspectos más notables en esta transformación de la guía de movilidad por Madrid. El límite se ha establecido en 30 kilómetros por hora cuando se circula por vías con un único carril por sentido o en aquellas de sentido único. Este tipo de tramo está presente en la mayor parte de la ciudad, pues un 85 por ciento de las calles por las que circulan vehículos cumplen con esta condición. En aquellas vías con dos o más carriles por sentido, así como en las que forman parte de la Red Básica de Transportes, se mantiene la velocidad de 50 km/h. 

Por otro lado, en las calles de coexistencia, que son aquellas en las que peatones, ciclistas y vehículos a motor comparten el mismo espacio, la velocidad máxima permitida se establece en 20 km/h. Son zonas más reducidas en las que no se puede aportar una alternativa. Estos límites de velocidad obligan tanto a coches como a motos, patinetes y bicicletas

Condiciones para los patinetes

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico se ha fijado en 15 años, por lo que queda prohibido su uso para los menores de esta cifra. Este vehículo puede circular por aquellas calles con una velocidad máxima de 30 km/h, mientras que se pueden subir a la acera siempre y cuando sean patinetes sin motor. También pueden circular por los carriles bici. Los patinetes con motor no pueden ir por la acera y cuando circulan por la calzada, deben moverse por la zona central del carril; para que sean más visibles para el resto de conductores. 

Aparcamiento para motos y bicicletas

Las condiciones del aparcamiento de estos vehículos ha sido una de las principales preocupaciones en la configuración de las nuevas normas de circulación en Madrid. Las motos y bicicletas que están aparcadas deben dejar un ancho libre de tres metros, a fin de no obstaculizar a los peatones. Las motocicletas, además, no pueden aparcar en las aceras que sí que presentan un espacio habilitado para el estacionamiento de este vehículo. Otra de las obligaciones implica dejar cinco metros de espacio libre con respecto a los pasos de peatones, con el objetivo de facilitar la visibilidad de coches y peatones y garantizar así una mayor seguridad.  

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